Hay dinero para pagar pensiones con tope máximo de 25 salarios mínimos, en casos que así corresponda, para activos y futuros pensionados, dijo Mikel Arriola
“El Instituto está aplicando el criterio de un tope de 25 veces el salario mínimo para todos y hay recursos suficientes para pagarles a todos.” Mikel Arriola, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social. Foto: Eduardo Jiménez/Archivo
CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene los recursos para pagar las pensiones de todos sus afiliados con un tope salarial de 25 veces el salario mínimo —en los casos que así corresponda—, sin importar si se jubilan bajo la ley de 1973, aseguró su director general, Mikel Arriola Peñalosa.
Esto ante la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) limita las pensiones a un máximo de diez salarios mínimos de los futuros jubilados que pretendan un mayor monto mediante un juicio contra el IMSS.
La ley establecía un límite de diez salarios, pero eso fue antes de 1997; hoy las pensiones se calculan considerando el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización, igual que antes, pero con un tope de 25 veces el salario mínimo.
“No hay ningún plan para cambiar el cálculo de las pensiones” ya que la jurisprudencia no interviene en los procesos administrativos del IMSS,explicó.
Aseguro que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pagará las pensiones de todos sus afiliados, sin importar si se jubilan por el régimen de la Ley de 1973, con un tope salarial de 25 veces el salario mínimo (VSM) vigente del Distrito Federal, aseguró el Director del IMSS.
“El Instituto está aplicando el criterio de un tope de 25 veces el salario mínimo para todos y hay recursos suficientes para pagarles a todos”, enfatizó el funcionario. Al ser cuestionado sobre una jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que establece que la pensión de los trabajadores que se jubilen bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 debe calcularse con un tope máximo de 10 veces el salario mínimo.
Mikel Arriola añadió que “hubo un periodo en el que la propia ley establecía un límite de 10 salarios, pero eso fue antes de 1997”. Hoy las pensiones se calculan considerando el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización, igual que antes, pero con un tope de 25 VSM.
Descarta cambios
Asimismo, recalcó que “no hay ningún plan para cambiar el cálculo de las pensiones” y que la jurisprudencia emitida por la Corte no interviene de ninguna manera en los procesos administrativos del IMSS.
Resaltó que los derechos de los pensionados están garantizados y que el IMSS seguirá pagando sus pensiones de forma puntual a los 3.1 millones de retirados.
Destacó que el IMSS está llevando a cabo una reforma financiera con la finalidad de reducir costos y generar ahorros que permitan seguir pagando las pensiones, pero además realizar inversiones para ampliar la capacidad instalada de clínicas y hospitales.
Mikel Arriola recordó que su gestión al frente del instituto se centra en tres ejes: disciplina financiera para darle viabilidad de largo plazo en términos de ampliación de sus servicios e infraestructura al instituto; simplificación administrativa para los derechohabientes a través de procesos más eficientes; y privilegiar la calidad de los servicios.
Ahondó que en beneficio de los pensionados “hemos eficientado el trámite de comprobación de supervivencia que deben realizar los pensionados cada dos años. Ese proceso se hace de manera digital y ya 3.5 millones de pensionados que no tienen que ir al IMSS a comprobar que siguen vivos para que les paguemos su la pensión”.
Se mantienen cálculos
El Instituto Mexicano del Seguro Social es enfático en que no habrá modificaciones al modelo de cálculo de las pensiones de los futuros jubilados, aun con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que indica que el tope salarial para los jubilados bajo el régimen de la ley de 1973 debiera ser de 10 salarios mínimos vigentes.
Recalcó que “la resolución de la Corte fue clara y sus alcances se circunscriben a un procedimiento de carácter judicial. Es un mandato a los tribunales y a las juntas respecto a qué parámetros aplicar en el supuesto de que el IMSS no haya hecho valer la defensa. Lo estima como una cosa evidente y por tanto tiene que aplicarse como lo dice la ley (la de 1973)”.
Caso Prado, detalló que esta decisión no afecta los procesos administrativos del instituto y que los trabajadores pueden tener la certeza de que su pensión será calculada con un tope de 25 veces salarios mínimos (VSM), pues así lo determina la Ley vigente.
Dijo que con la entrada de esta ley se estableció un periodo transitorio de 10 años, en los que se fue incrementando el tope salarial con el que se calculaban las pensiones, hasta llegar al límite actual de 25 salarios; por lo que para el IMSS el tope de 10 VSM sólo aplicó para los jubilados antes de 1997.