DERECHO DE AUDIENCIA EN FOTOMULTAS ES PURA SIMULACIÓN;DICEN ABOGADOS

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Abogados aseguran  que los procedimientos de defensa contemplados por los Ayuntamientos metropolitanos contra las fotomultas son una simulación, al no garantizar el derecho de audiencia antes de aplicarlas, además de que el reglamento indica que las infracciones son irrevocables.

“El procedimiento no contempla la garantía de audiencia”, explicó Alejandro López, experto en derecho administrativo municipal.

“Si te van a imputar un delito tiene que haber previo procedimiento donde tú presentas las pruebas, previamente conoces de qué se te señala y aquí no lo hay, no se respeta la garantía de audiencia.

“Lo que dicen, que con el procedimiento de inconformidad te garantiza el derecho de audiencia, no es así, es posterior a que te resolvieron.

Eso no te cumple con la garantía de audiencia previa”.

Otra de las simulaciones, dijo, es que las multas no se pueden quitar, de acuerdo con el Artículo 157 del Reglamento de Tránsito homologado.

“El reglamento homologado establece expresamente que las multas impuestas por dispositivos electrónicos son irrevocables”, recalcó, “es decir, no procede recurso, por lo que el procedimiento ese donde se pueden defender es una mentira”.

Miguel Zárate, presidente de la Barra Mexicana de Abogados Capítulo Nuevo León, advirtió que existen violaciones al no dar el derecho de audiencia antes de emitir las infracciones.

“En realidad es una simulación”, señaló, “porque la multa ellos la establecen desde antes y te notifican una vez que te multaron”.

Ambos litigantes coincidieron en que el haber concesionado a un particular la aplicación de multas por exceso de velocidad es inconstitucional y será motivo de amparos.

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