Se otorga suspensión definitiva del Reglamento Homologado de Vialidad y Tránsito, obligatoria para todas las autoridades.

Posted by

 El pasado 13 de junio de 2017, el Pleno en Materia Administrativa de los Tribunales Colegiados
con residencia en Monterrey Nuevo León resolvió la contradicción de tesis denunciada por
COEL ABOGADOS de la divergencia de criterios entre el Primer Tribunal Colegiado que
negaba la suspensión a los transportistas de carga pesada, y el Segundo y Tercer Tribunal
Colegiado que otorgaban la suspensión.
Lo resuelto en la Sesión se decidió por mayoría de dos votos a uno, en el sentido de que debe
otorgarse la suspensión definitiva a los transportistas de carga para que no les sea limitada su
circulación por zonas restringidas, ni en horarios limitados, y no se les cobre permiso alguno para
la circulación por estas vías.
Los Magistrados determinaron que el otorgar la suspensión dentro de los juicios de amparo no
causaban perjuicio al interés social ni al orden público. Por lo tanto, los tres Tribunales
Colegiados deben desde ahora otorgar la suspensión definitiva de los Reglamentos Homologados.
Con este criterio, los transportistas que interpusieron el amparo, no serán molestados por la
autoridad municipal hasta resolverse los amparos en sentencia definitiva, que estimamos sean
resueltos en los próximos meses.
Es importante considerar que, para efectos de la sentencia definitiva del amparo, COEL
ABOGADOS argumentó que la autoridad municipal no tiene la competencia para regular el
transporte de carga, pues esa es una facultad estatal y federal, y el municipio solo se debe
circunscribir a regular la vialidad y tránsito, tal y como lo dispone el artículo 115 de la
Constitución Política de México.

Comments are closed.